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jueves, 30 de junio de 2011

Audiencia del caso Sarayaku se realizará en Costa Rica

Los días 6 y 7 de julio de 2011, en San José de Costa Rica, se llevará a cabo la audiencia del caso Sarayaku ante el Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta diligencia es crucial porque en ella el pueblo Kichwa de Sarayaku, de la Amazonía ecuatoriana, presentará ante los jueces de la Corte sus alegatos orales así como  las pruebas testimoniales y periciales con las que demostrará las violaciones de derechos humanos que sufrió durante la actividad petrolera del Bloque 23. Desde Sarayaku viajará a Costa Rica una delegación de líderes, sabios tradicionales, hombres y mujeres de la comunidad.


En 1996, el Estado ecuatoriano concesionó el Bloque 23, que afecta un 60% del territorio del Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku  a favor de la Compañía General de Combustibles (CGC) de Argentina. Esta concesión fue realizada sin que haya precedido por parte del Estado ecuatoriano ningún proceso de información, consulta o pedido de consentimiento al Pueblo de Sarayaku para la realización de actividades petroleras en el territorio de su propiedad.
Desde 1996 Sarayaku ha venido expresando su rechazo al ingreso de la actividad petrolera en su territorio, fundamentado en los enormes impactos negativos que dicha actividad provoca en su territorio sagrado, en la calidad de vida de sus miembros, en su forma de vida y opciones de desarrollo, en su espiritualidad, en el ambiente amazónico, en la paz social  y en la vida e integridad de sus miembros.

La Corte Interamericana dictará una sentencia que es esperada con expectativa por pueblos indígenas y expertos del mundo entero y en especial del continente americano, pues sentará nuevos precedentes respecto al derecho a la consulta previa y al consentimiento de las comunidades afectadas por proyectos petroleros. Para el Ecuador esa sentencia, que deberá ser cumplida obligatoriamente por el Estado, traerá grandes repercusiones pues zanjará un debate que ha sido muy intenso en los últimos años, respecto al alcance del derecho a la consulta y de los derechos territoriales de los pueblos indígenas que son afectados por proyectos de explotación de recursos naturales propiciados por el Estado.

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